GobiernoTransparente

Otros Trámites

SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION VII REGION, SERVIU

Periodo: desde el 1 de Marzo 2009 al 30 de Junio de 2023.

Nombre del trámite, servicio o beneficio En qué consiste Requisitos Documentos requeridos A quién está dirigido Trámites a realizar y/o etapas ¿Dónde se realiza? Tiene costo Unidad monetaria Valor del servicio ¿Este trámite está disponible en línea? Enlace al trámite en línea, si corresponde Enlace a mayor información
Pagos de subsidios y anticipos FSV reconstrucción (D.S. 174/2005), construcción en sitio residente y vivienda tipo Materializar el estado de pago a contratistas o constructoras de acuerdo a estado avance de obras y/o garantizado con boleta de garantía bancaria Estar inscrito en los registros de contratistas vigente 1. Contrato de construcción (Primer estado de pago)
2. Acta acreditación avance físico (CSP-01 o VT-03)
3. Copia resolución de asignación del beneficio
4. Certificado de cumplimiento y obligaciones laborales (F30)
5. Factura por el monto solicitado
Contratistas y Empresas Constructoras Revisión de antecedentes ingresados por Contratistas o Empresas Constructoras solicitando el pago de subsidios con avance físico o garantizados con boleta de garantía bancaria Departamento de Operaciones Habitacionales para revisión de documentos y posterior ingreso del oficio a Oficina de Partes No No
Pagos de Subsidios FSV-CNT D.S. 174/2005 Materializar el estado de pago a las Empresas Constructora de acuerdo al Avance de Obras y/o Garantizado con Boleta de Garantía Bancaria Estar Inscrito en los registros de Contratistas Vigente 1. Contrato de Construcción (Primer estado de pago)
2. Certificado de subsidio original endosado a la constructora (Primer Estado de Pago)
3. Acta acreditación avance físico (M3)
4. Copia resolución de asignación de beneficio (Primer Estado de Pago)
5. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales(F30)
6. Factura por el monto solicitado
7. Boleta de garantia bancaria cuando se solicita primer anticipo sin avance de obra.
8. En el caso que exista pago de terreno, se debe ingresar copia de la escritura de compraventa, dominio vigente, certicifado de hipotecas y gravámenes, inscripcion de prohibición a favor de SERVIU, cuando dicho terreno esta a nombre del comité o de la empresa constructora
Empresas Constructoras y/o Particulares cuando se trata de Pago asociado al Valor del Terreno Revisión de antecedentes ingresados por Contratistas o Empresas Constructoras solicitando el pago de subsidios con avance físico o garantizados con boleta de garantía bancaria Departamento de Operaciones Habitacionales para revisión de documentos y posterior ingreso del Oficio a Oficina de Partes No No
Entrega de certificados de subsidio FSV D.S. 174/2005 Entregar de certificado de beneficio a los diferentes subsidiados de los diferentes programas Ser beneficiario Retirar con cédula de identidad o poder notarial si no es el titular Personas beneficiarios de subsidio de acuerdo a las nóminas de resoluciones ministeriales No En ceremonias y/o Departamento de Operaciones Habitacionales No No ver enlace
Prórroga certificados de subsidio FSV-AVC D.S. 174/2005 Otorgar plazo adicional a beneficiario en caso de aproximarse el término de vigencia del subsidio Ser beneficiario 1. Carta adjuntando fotocopia de cédula de identidad y fotocopia de certificado de subsidio
2. Adjuntar uno de los 4 requisitos obligatorios:
- Certificado emitido por la asistencia técnica legal, que acredite que están gestionando la compraventa de la vivienda y en que proceso se encuentra dicha operación
- Certificado o documento que acredite reserva de una vivienda en alguna inmobiliaria y/o constructora
- Compromiso de compraventa en donde se indique claramente nombre y rut del comprador y del vendedor
- Informe social que acredite que es un caso urgente de atención habitacional
Beneficiarios que no han podido terminar el proceso de compraventa Ingresar documentos requeridos por oficina de partes Departamento de Operaciones Habitacionales No No
Pago subsidio FSV-AVC D.S. 174/2005 Realizar el pago del subsidio al vendedor de la vivienda Ser beneficiario 1. Escritura de compraventa inscrita en el Conservador de Bienes Raíces
2. Fotocopia de cédula de identidad del vendedor
3. Certificado de subsidio original
4. Libreta de ahorro para la vivienda
ATL encargada de gestionar el pago de subsidio Ingresar los documentos requeridos por oficina de partes una vez estando aprobado en el sistema SNAT III Departamento de Operaciones Habitacionales No No
Renuncia subsidio FSV-AVC D.S. 174/2005 Realizar renuncia al beneficio y habilitar al usuario para postular a un nuevo subsidio Ser beneficiario Carta adjuntando el certificado de subsidio original Beneficiarios que no han podido encontrar una solución habitacional Ingresar documentos requeridos por oficina de partes Departamento de Operaciones Habitacionales No No
Sustituciones de subsidios FSV-AVC D.S. 174/2005 Realizar sustitución de beneficio y otorgar un nuevo certificado de subsidio al sustituyente Formar parte del núcleo familiar de la persona beneficiaria fallecida y estar en ficha de proteccion social 1. Certificado de subsidio original
2. Certificado de defunción del beneficiario fallecido
3. Fotocopia de cédula de identidad de ambos involucrados
4. Certificado de ficha de protección social donde acredite formar parte del nucleo familiar
Sustituto beneficiario por fallecimiento del titular del subsidio otorgado Ingresar documentos requeridos por oficina de partes Departamento de Operaciones Habitacionales No No
Sustitución de beneficiario/a D.S. 174/2005 CSP VT - Reconstrucción" Sustitución de beneficiario/a por Fallecimiento del Titular de subsidio regulado por el DS 174/2005 para el Programa construcción en Sitio Propio con Proyecto Tipo Se considerará como sustituto, en primer lugar, al cónyuge o conviviente, siempre que esté incluido en su ficha de protección social (FPS) y que no esté afecto a los impedimentos o prohibiciones señalados en el DS 174/2005.
En segunda instancia se podrá designar como sustituto a aquel ascendiente o descendiente del causante que tuviere, a juicio del SERVIU, el mejor derecho para obtener la vivienda, siempre que acredite que a la fecha del fallecimiento vivía con el postulante y a sus expensas. En caso que se opte por un descendiente que fuese menor de edad, para estos efectos se estará a las normas del Código Civil. El SERVIU atenderá, además, para efectuar esta designación, a que el sustituto esté en condiciones de cumplir con todas las obligaciones asumidas por el causante al postular o al momento en que pueda hacerse efectivo el subsidio, según corresponda.
Se exigirá al sustituto que acredite formar parte de un grupo familiar cuyo puntaje FPS se encuentre dentro del máximo definido por la Región, aún cuando no integre el grupo familiar declarado por el causante.
Solicitud de Sustitución acompañando los siguientes documentos:
1. Certificado de Defunción
2. Certificado de Matrimonio
3. Acreditación de que el sustituto vivía con el/la postulante fallecido/a y a sus expensas.
4. Posesión Efectiva (tramitada o en trámite) 5. Autorización de los herederos para construir en el terreno.
Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica y Legal (ATL) a beneficiarios del Programa de Vivienda Tipo 1. ATL ingresa Solicitud de Sustitución por fallecimiento en Oficina de Partes del SERVIU.
2. Departamento Operaciones Habitacionales revisa antecedentes. 3. Emisión de resolución de sustitución si procede. 4. Registro de sustitución en sistema computacional de Registro de Beneficiarios (RUKAN)

Oficina de Partes SERVIU Regional o Provincial No No ver enlace
Renuncia al subsidio D.S. 174/2005 CSP VT - Reconstrucción" Desistimiento del postulante o beneficiario/a de subsidio, de aplicar el beneficio obtenido a través del Programa regulado por el DS 174/2005 Construcción en Sitio Propio con Proyecto Tipo Ser postulante o beneficiario/a del Programa de Vivienda Tipo y desistir voluntariamente de aplicar el subsidio Presentar por si mismo o a través del Prestador de Servicios de Asesoría técnica y Legal (ATL), una carta de renuncia voluntaria a la postulación o asignación de subsidio, firmada por el titular del beneficio. En caso de existir avance de obras de la vivienda, la ATL deberá acreditar que éstas fueron abandonadas por la empresa constructora por causas no atribuibles al beneficiario/a. Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica y Legal (ATL) a beneficiarios del Programa de Vivienda Tipo. Postulate o Beneficiario/a del Programa de Vivienda Tipo 1. Ingreso de antecedentes de renuncia en Oficina de Partes del SERVIU Regional y/o Provincial
2. Revisión de antecedentes y emisión de Resolución de Desistimiento si procede. 3. Eliminación del beneficio en el sistema computacional de Registro de Beneficiarios (RUKAN)
Oficina de Partes SERVIU Regional o provincial No No ver enlace
Reemplazo D.S. 174/2005 y D.S. 49/2011 Reemplazo de beneficiarios de comités y subsidio, ya sea por renuncia voluntaria o por exclusión

Aplica tanto para el D.S.174/2005 como para el D.S. 49/2011
Art. N° 50 del D.S. N° 174/2005

Art. N° 28 del D.S. N° 49/2011
Si es renuncia al DS.174/2005:
Renunciante
1. Carta de renuncia al comité
2. Declaración Jurada de renuncia al subsidio
3. Certificado de Subsidio (original)
4. Copia Legalizada de Acta del comité donde conste la exclusión (si aplica)
5. Carta y Solicitud de reemplazo por parte de la EGIS
Reemplazante
1. Formulario de Incorporación al DS.174
2. Declaración de Núcleo Familiar - DS.174
3. Declaración Jurada de Postulación al DS.174
4. Declaración de Jurada Llamado CNT - DS.174
5. FPS puntaje menor o igual al definido para la modalidad
6. Consulta Propiedad Habitacional - RUKAN
7. Módulo de Información de Persona - RUKAN
8. Mandato Giro Cta. de Ahorro (si es regular)
9. Cartola o Copia de Libreta de Ahorro donde conste el ahorro (si es regular)
10. Ficha de Damnificado (si es damnificado)
11. Certificado Dirección de Obras Municipales (si es daminificado)
12. Cedula de Identidad
13. Certificado de Matrimonio (si es casado) o Declaración Jurada Notarial de Soltería (si es soltero)
Entidades de Gestión Inmobiliaria y Social

Entidades Patrocinantes

Beneficiarios FSV-CNT, FSV-CSP, del DS.174/2005 o DS.49/2011
Luego de recibidos los antecedentes se evalúan y se emite Resolución de Reemplazo.

Con la Resolución de Reemplazo aprobada se procede a Marcar y Desmarcar beneficio al reemplazante y renunciante, respectivamente.

El trámite puede variar en su demora debido a que si se trata de subsidios de Asignación Directa del Ministro, estos reemplazos deben ser solicitados al Ministerio o la Seremi del Maule, siendo estos organismos los que dicatarán la resolución de reemplazo.
Departamento de Operaciones Habitacionales - SERVIU del Maule

2 Norte N° 850 - Talca
No No ver enlace
Si es renuncia al DS.49/2011:
Renunciante
1. Carta de renuncia al comité
2. Declaración Jurada Notarial de renuncia al subsidio
3. Certificado de Subsidio (original)
4. Copia Legalizada del Acta del comité donde conste la exclusión (si aplica)
5. Carta y Solicitud de reemplazo por parte de la EGIS
Reemplazante
1. Declaración de Núcleo Familiar - DS.49
2. Declaración Jurada de Postulación al DS.49
3. FPS puntaje menor o igual al definido para la modalidad
4. Consulta Propiedad Habitacional - RUKAN
5. Módulo de Información de Persona - RUKAN
6. Mandato Giro Cta. de Ahorro (si es regular)
7. Cartola o Copia de Libreta de Ahorro donde conste el ahorro (si es regular)
8. Ficha de Damnificado (si es damnificado)
9. Certificado Dirección de Obras Municipales (si es daminificado)
10. Cedula de Identidad
11. Certificado de Matrimonio (si es casado) o Declaración Jurada Notarial de Soltería (si es soltero)
Desistimiento D.S. 174/2005 y D.S. 49/2011 Renuncias de beneficiarios a subsidios Art. N° 50 del D.S. N° 174/2005

Art. N° 27 del D.S. N° 49/2011
Si es renuncia al DS.174/2005:
Renunciante
1. Declaración Jurada de renuncia al subsidio
2. Certificado de Subsidio Original

NOTA:
- En el D.S.174/2005 todas las renuncias deben ser a través de la EGIS y deben estar asociadas a reemplazos.
- En el D.S.49/2011 todas las renuncias deben ser a través de la EGIS y no necesariamente deben estar asociadas a reemplazos.
Entidades de Gestión Inmobiliaria y Social

Entidades Patrocinantes

Beneficiarios FSV-CNT, FSV-CSP, del DS.174/2005 o DS.49/2011
Luego de recibidos los antecedentes se evalúan y se emite Resolución de Desistimiento.

Con la Resolución de Desistimiento aprobada se procede a Desmarcar beneficio.
Departamento de Operaciones Habitacionales - SERVIU del Maule

2 Norte N° 850 - Talca
No No ver enlace
Sustituciones D.S. 174/2005 y D.S. 49/2011 Cesiones de Beneficio por Fallecimiento del Titular Art. N° 51 del D.S. N° 174/2005

Art. N° 29 del D.S. N° 49/2011
Si el Fallecido es del D.S. 174/2005 o D.S. 49/2011 bajo la modalidad CNT:
1. Certificado de Defunción
2. Certificado de Matrimonio
3. FPS de Postulación donde conste la Cónyuge o Conviviente
4. Declaración Jurada Notarial donde señale que el sustituto vivía con el fallecido y a sus expensas (en caso de no estar incluído en la FPS del fallecido)
5. FPS del sustituto cuyo puntaje sea menor o igual al definido para la modalidad (en caso de no estar incluído en la FPS del fallecido)
6. Informe Final Módulo de AD (esto permitirá saber si el sustituto está afecto o no a los impedimentos del DS 49, Artículo 15 y además ingresar la información del núcleo del sustituto) Sólo para beneficiarios del D.S. 49/2011
7. Carta y Solicitud de sustitución por parte de la EGIS
Entidades de Gestión Inmobiliaria y Social

Entidades Patrocinantes

Beneficiarios FSV-CNT, FSV-CSP, del DS.174/2005 o DS.49/2011
Luego de recibidos los antecedentes se evalúan y se emite Resolución de Sustitución.

Con la Resolución de Sustitución aprobada se procede a Ceder Beneficio.

El trámite puede variar en su demora debido a que si se trata de subsidios de Asignación Directa del Ministro, estas sutituciones deben ser solicitadas al Ministerio o la Seremi del Maule, siendo estos organismos los que dicatarán la resolución de sustitución.
Departamento de Operaciones Habitacionales - SERVIU del Maule
No No ver enlace
Si el Fallecido es del D.S. 174/2005 o D.S. 49/2011 bajo la modalidad CSP:
1. Certificado de Defunción
2. Certificado de Matrimonio
3. FPS de Postulación donde conste la Cónyuge o Conviviente
4. Declaración Jurada Notarial donde señale que el sustituto vivía con el fallecido y a sus expensas (en caso de no estar incluído en la FPS del fallecido)
5. FPS del sustituto cuyo puntaje sea menor o igual al definido para la modalidad (en caso de no estar incluído en la FPS del fallecido)
6. Copia de la Posesión Efectiva (en caso de no ser el cónyuge o conviviente incluído en la FPS)
7. Declaración Jurada de los herederos autorizando la construcción y cesión de beneficio a uno de los herederos.
8. Informe Final Módulo de AD (esto permitirá saber si el sustituto está afecto o no a los impedimentos del DS 49, Artículo 15 y además ingresar la información del núcleo del sustituto) Sólo para beneficiarios del D.S. 49/2011
9. Carta y Solicitud de sustitución por parte de la EGIS
Prórrogas D.S. 174/2005 y D.S. 49/2011 Aumento de plazo de vigencia de certificados de subsidio Art. N° 48 del D.S. N° 174/2005

Art. N° 31 y N° 67 del D.S. N° 49/2011
- Solicitud de prórroga por parte de la EGIS, donde defina motivos y nuevos plazos solicitados de la prórroga
- Informe o certificado de ITO Serviu donde conste el avance de la obra
Entidades de Gestión Inmobiliaria y Social

Entidades Patrocinantes

Beneficiarios FSV-CNT, FSV-CSP, del DS.174/2005 o DS.49/2011
Luego de recibidos los antecedentes se evalúan y se envía oficio a la SEREMI del Maule.

El SEREMI tiene las facultades para aprobar o rechazar la solicitud de prórroga solicitada por el SERVIU, en caso de aceptar generará Resolución que aumenta el plazo del subsidio.
Departamento de Operaciones Habitacionales - SERVIU del Maule

No No ver enlace
Prórrogas D.S. 01/2011 Interesado solicita plazo adicional de vigencia del Certificado de Subsidio para el Programa Sistema de Subsidio Habitacional D.S. 40/2004 (V. y U.) y el Programa de Sistema Integrado De Subsidio Habitacional D.S. N° 01 (V. y U.). La situación del interesado y su certificado de subsidio deben ajustarse a las condiciones establecidas en la normativa vigente para el otorgamiento de plazos adicionales de vigencia para dichos certificados. D.S. N° 01 (V. y U.). Carta solicitud de plazo adicional D.S. 01/2011
Certificado de Subsidio original D.S. 01/2011
Recepción final de la vivienda o Solicitud de recepción D.S.01/2011
Escrituras de compraventa con inscripción en el Conservador de Bienes Raices, si correspondiere D.S. 01/2011
En el caso del DS 40 y Ds 01, lo puede efectuar el beneficiario o el vendedor. " Tanto para las solicitudes de plazo adicional de certificados de subsidio regulados por el D.S. Nº 40/2004 como por el D.S. Nº 01/2011, el trámite lo recepciona la Oficina de partes y lo deriva OO HH sección de Subsidio.
Si procede la solicitud, se eleva la petición a la SEREMI Región del Maule e Vivienda y Urbanismo o al MINVU quienes deciden y dictan la respectiva Resolución Exenta en caso de ser acogida.
Recepciona Oficina de Partes y deriva a Departamento de Operaciones Habitacionles NO NO
Renuncia al subsidio habitacional en los casos que el beneficiario haya postulado de manera individual o colectiva D.S. 01/2011 El beneficiario o la Entidad patrocinante, concurre a renunciar al beneficio obtenido, solicitando se elimine la marca del correspondiente programa habitacional. Estar en posesión del certificado de subsidio original y no haberlo aplicado. 1.- Certificado de subsidio original.
2.- Renuncia voluntaria simple o notarial para el caso de ser beneficiario de un colectivo
Beneficiarios de los programas regulados por el Subsidio D.S. 01/2011 que voluntariamente renuncian al subsidio habitacional. Oficina de Partes correspondiente recepciona el trámite, y lo deriva para su gestión a Operaciones Habitacionales quien ingresa en el sistema computacional de la Institución, la información para eliminar la marca de beneficio correspondiente. La renuncia en modalidad de postulación colectiva, el trámite se recibe directamente en la Oficina de partes, y los antecedentes deben ser presentados por el Entidad Patrocinante correspondiente. Recepciona Oficina de Partes y deriva a Departamento de Operaciones Habitacionles NO NO
Renuncia y reemplazo de subsidio D.S. 01 /2011 Recepcionar la renuncia al subsidio con reemplazo Para el renunciante: Estar en posesión del original del certificado de subsidio por no haberlo aplicado. Para el reemplazante: Cumplir todos los requisitos exigidos por la normativa vigente para recibir el subsidio. Para la renuncia:
1.- Solicitud de la E. P. adjuntando renuncia del beneficiario debidamente suscrita por éste ante notario
2.- Fotocopia del cédula de identidad de beneficiario.
Para el reemplazo:
1.- Solicitud de postulación del postulante debidamente firmada por éste.
2.- Fotocopia de la cédula de identidad del postulante.
3.- Fotocopia de la libreta de ahorro del postulante.
Beneficiarios y postulantes que reunan requisitos establecidos en el DS 01/2011 La solicitud de renuncia D.S. N° 01/2011 y su respectivo reemplazo se reciben en la Oficina de Partes quien lo deriva a Operaciones habitacionales. Una vez establecida la procedencia de la renuncia y reemplazo, este Departamento prepara la Resolución Exenta para la firma del Director del Servicio aprobando el acto administrativo. Además ingresa la renuncia del beneficiario y su reemplazante en el sistema computacional de la Institución. A través de la E. P.mediante la cual postuló. NO NO
Eliminación de marcas de beneficio por extravío del certificado de subsidio D.S. 01/2011 Borrar la marca de beneficio registrada en el archivo histórico de la Institución cuando el beneficiario renuncia al subsidio habiendo extraviado el certificado respectivo. No registrar aplicación del subsidio habitacional. Debe presentar al SERVIU la publicación original realizada en el Diario Oficial, sobre el extravío del certificado.
Fotocopia vigente y por ambos lados, de la cédula de identidad del interesado.
Carta de renuncia
Beneficarios del Programa Sistema de Subsidio Habitacional regulado por el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional D.S. 01/2011. En caso de no disponer de los datos del subsidio (N° de serie), el interesado puede solicitarlos en la Sección de subsidio de Operaciones Habitacionales. - Luego publicar en el Diario Oficial que el certificado queda nulo por extravío. - Presentar al SERVIU solicitud de eliminación de marca por extravío, junto a la publicación del Diario Oficial. - Transcurrido 30 días de la publicación, sin que se hubiere presentado alguna persona, invocando su calidad de legítimo tenedor del certificado de subsidio, SERVIU procede a la eliminación de la marca de beneficio. Recepciona Oficina de Partes y deriva a Departamento de Operaciones Habitacionles No Valor de la publicación en el Diario Oficial del aviso de extravío, a pagar en el mencionado Diario. No
Sustitución de beneficiario de subsidio por fallecimiento del titular D.S. 01/2011 Sustitución de beneficiario de subsidio por fallecimiento del titular. Interesado debe ser cónyuge, descendiente o ascediente, el cual debió haber sido declarado por el beneficiario fallecido al momento de la postulación.
Certificado de subsidio debe estar vigente
Certificado original de subsidio.
Certificado original de defunción del beneficiario.
Certificado de matrimonio original, en caso que el cónyuge sobreviviente solicite ser el sustituto.
Certificado de nacimiento de los hijos del beneficiario fallecido si ellos solicitan ser los sustitutos, más certificado de defunción del cónyuge del beneficiario fallecido, si fuese el caso.
Fotocopia cédula de identidad vigente, por ambos lados, del solicitante.
A cónyuges, ascendientes y descendientes de beneficiarios fallecidos de subsidio habitacional, de los programas , D.S. 01/2011 Para el caso de beneficiarios que postularon acorde a la modalidad individual, debe presentar los documentos en Oficina de Partes la cual lo deriva al Departamento de Operaciones Habitacionales, sección Subsidios. Recepciona Oficina de Partes y deriva a Departamento de Operaciones Habitacionles No NO
Emisión de duplicado de certificado de subsidio por extravío o deterioro D.S. 01/2011 Se emiten los nuevos certificados de subsidio o se solicita su emisión al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, si correspondiere. Extravío: Beneficiario de un subsidio con emisión de certificado.Deterioro: Estar en posesión de un certificado de subsidio deteriorado. Fallecimiento del titular: Sustituto del beneficiario fallecido, aprobado por Resolución Exenta del Director del SERVIU. Extravío:
Original de la publicación en el Diario Oficial que anula el certificado por extravío.
Fotocopia de cédula de identidad vigente por ambos lados, del beneficiario.

Deterioro:
Certificado de subsidio original.
Fotocopia de la cédula de identidad vigente por ambos lados del beneficiario.
Beneficarios que hayan extraviado su certificado de subsidio, o, que lo tengan deteriorado, de los programas D.S. 01/2011 Para el caso de beneficiarios de los programas, D.S. 01/2011 , en su modalidad individual, y colectiva la Oficna de Partes correspondiente recepciona el trámite y lo deriva a Departamento de Operaciones Habitacionales. Recepciona Oficina de Partes y deriva a Departamento de Operaciones Habitacionles NO Valor de la publicación en el Diario Oficial del aviso de extravío, a pagar en el mencionado Diario. NO
Autorización de pago de Subsidios del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional regulado por el D.S. N ° 01 (V. y U.) de 2011. Autorizar el pago del subsidio habitacional aplicado a la adquisición de una vivienda nueva o usada, previa verificación del cumplimiento de los requisitos reglamentarios. Presentación de la documentación señalada en la reglamentación vigente.
Subsidios vigentes.
Plano de Planta de Arquitectura de la vivienda. Tasación Comercial de la vivienda (sólo en el caso de adquisición de viviendas adquiridas sin crédito hipotecario).
Declaración de no Parentesco (para el caso de viviendas usadas).
Vendedores de viviendas adquiridas con aplicación del subsidio habitacional (Empresas Inmobiliarias, Constructoras, Corredores de Propiedades, Particulares). Vivienda Nueva: Ingreso de los antecedentes, revisión, confección Autorización de Pago, envío a Finanzas para su pago.
Declaración de no Parentesco (para el caso de viviendas usadas).
Recepciona Oficina de Partes y deriva a Departamento de Operaciones Habitacionles NO NO
Entrega de certificados de subsidio habitacional a beneficarios D.S. 40, llamado extraordinario 2010 y 2011 hasta el mes de junio" Citación y entrega de Certificados de Subsidios rezagados a beneficiarios. Ser beneficiario de los llamados señalados. No haber retirado el Certificado. No estar con Certificado retenido . Citación.
Cédula de Identidad.
Beneficiarios del Sistema D.S. N° 40. Extraordinario. Hacer citaciones.
Atender beneficiarios.
Entregar Certificados.
Orientar aplicación.
Recepciona Oficina de Partes y deriva a Departamento de Operaciones Habitacionles NO NO
PAGO SUBSIDIOS D.S. Nº40 Extraordinario y Programa Densificación Urbana Pagar los subsidios ?habitacionales ya sea para realizar la construcción y/o compraventa de vivienda. Garantizar el pago contra Recepcion Municipal de la Vivienda ANTECEDENTES A PRESENTAR PARA COBRO DE SUBSIDIO DS N° 40 EXTRAORDINARIO PLAN RECONSTRUCCIÓN

CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO:
1. Certificado de Subsidio Habitacional, debidamente endosado.
2. Presentar una Declaración Jurada Notarial en que se comprometa a no enajenar la vivienda en un plazo de 5 años contados a partir de la fecha de la Recepción
3. Copia de la inscripción de dominio del inmueble en que se hubiere construido la Vivienda, con certificado de vigencia a favor del beneficiario.
4. Permiso de Edificación y Certificado de Recepción Municipal (Dirección de Obras municipales)
5.- Certificado de no expropiación (emitido por la DOM)
6.- Declaración jurada notarial que indique que construyó por autoconstrucción
7.- Contrato de construcción o de provisión de vivienda, cuando corresponda, que contenga una cláusula que indique que las especificaciones técnicas detalladas y los planos completos de arquitectura e instalaciones domiciliarias de la unidad habitacional, conocidos y aprobados por las partes, forman parte integrante de dicho contrato
8.- Libreta de Ahorro (sólo si el beneficiario postuló con ahorro) para postular a este subsidio no es requisito el ahorro.

DOCUMENTACION PARA COMPRAVENTA DE VIVIENDA:
1.- Certificado de subsidio endosado
2.-Escritura de compraventa inscrita en el conservador de bienes raices a nombre del beneficiario o su cónyuge con copia de inscripcion de la prohibición de enajenar la vivienda durante 5 años.
3.- Libreta de ahorro (sólo si el beneficiario postuló con ahorro)
4.-declaracion jurada notarial que indique que no existe grado de parentesco por consanguinidad ni afinidad entre el comprador y el vendedor.
5.- certificado de no expropiación (emitido por la DOM )
6.- certificado de la direccción de obras municipales (DOM) que indique n° y fecha del permiso y recepción municipal de la vivienda, y superficie de esta ( m2)
7.-certificado de vivienda económica (dom)
Constructoras y beneficiario Ingreso por Oficina de Partes. Llegan Antecedentes a Depto. De Operaciones Habitacionales Sección Subsidios. Se programa a Pago D.S. Nº40 Extraordinario. Ingreso de los antecedentes, revisión, Asignación en RUKAN, confección Autorización de Pago de Subsidio Densificación Urbana, envio a Finanzas para su pago Depto. Operaciones Habitacionales NO NO
Sustitución de beneficiario D.S. Nº40 Extraordinario Sustitución de beneficiario de subsidio por fallecimiento del titular. Interesado debe ser cónyuge, descendiente o ascediente, el cual debió haber sido declarado por el beneficiario fallecido al momento de la postulación y el certificado de subsidio debe estar vigente Certificado original de subsidio.
Certificado original de defunción del beneficiario.
Certificado de matrimonio original, en caso que el cónyuge sobreviviente solicite ser el sustituto.
Certificado de nacimiento de los hijos del beneficiario fallecido si ellos solicitan ser los sustitutos, más certificado de defunción del cónyuge del beneficiario fallecido, si fuese el caso.
Fotocopia cédula de identidad vigente, por ambos lados, del solicitante.
Cónyuges, ascendientes y descendientes de beneficiarios fallecidos de subsidio habitacional, de los programas D.S 40/2004 Extraordinario Para el caso de beneficiarios que postularon acorde a la modalidad individual, debe presentar los documentos personalmente al Depto. Operaciones Habitacionales Serviu Region del Maule. Depto. Operaciones Habitacionales No No
Emisión de duplicado de certificado de subsidio por extravío o deterioro D.S. Nº40 Extraordinario Se emiten los nuevos certificados de subsidio o se solicita su emisión al Unidad de Informática Serviu Región del Maule. Extravío: Beneficiario de un subsidio con emisión de certificado. Deterioro: Estar en posesión de un certificado de subsidio deteriorado. Fallecimiento del titular: Sustituto del beneficiario fallecido, aprobado por Resolución Exenta del Director del SERVIU. Extravío: Original de la publicación en el Diario Oficial que anula el certificado por extravío. Beneficarios que hayan extraviado su certificado de subsidio, D.S. 40/2004 Extraordinario Para el caso de beneficiarios de los programas D.S. 40/2004 Extraordinario, en su modalidad individual, Oficina de Partes correspondiente recepciona el trámite y lo deriva a Sección Subsidios del Depto de Operaciones Habitacionales Serviu Region del Maule. Depto. Operaciones Habitacionales No No
Prórroga de los certificados de subsidios PPPF D.S. N°255/2006.
Habiendo expirado la vigencia del certificado de Subsidio o estando próxima a expirar, no presentasen los antecedentes requeridos para su pago, el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule, podrá mediante Resolución dictada a petición del SERVIU, otorgar un nuevo plazo adicional al de la vigencia del certificado de subsidio. Avance de obras superior al 50%, en cualquiera de sus 3 Titulos Resolución Exenta que aprueba las nóminas y compromete los recursos del llamado correspondiente a los certificados de subsidios que se ampliará plazo de vigencia.
Informe Técnico de la Entidad Patrocinante
Certificado del Inspector Técnico de Obra del SERVIU Región del Maule, acreditando el avance f?sico de la obra.
Fotocopia de los Certificados de Subsidios.
Carta Compromiso de la Empresa que ejecuta las obras.
Resolución Exenta de prórrogas anteriores si existieren.
Entidad Patrocinante que lo solicita Revisión de antecedentes.
Confección y envío de Oficio al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule.
Confección y envío de Oficio al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule.
Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo emite y envía al Serviu Resolución respectiva
Departamento Operaciones Habitacionales (sección postulación y asignación. Oficina PPPF) No No
Entrega de Certificados de Subsidios a beneficiarios PPPF D.S. N°255/2006. Entrega de Certificados a los beneficiarios seleccionados en los llamados a postulación del Programa de Protección del Patriminio Familar D.S. 255/2006, por comuna y comité. Proyecto seleccionado en el(os) llamado(s) correspondientes. Acto presencial del beneficario
Cédula Nacional de Identidad del Beneficiario
Poder Notarial del Beneficiario, autorizando a un tercero, en caso de que no pueda retirar presencialmente el Certificado de Subsidio
Beneficiarios Programa de Protección del Patrimonio Familar (D.S 255/2006) Enviar a Impresión la Nómina de seleccionados del llamado respectivo a la Unidad de Informática del SERVIU Región del Maule.
Revisión y separación de los Certificados de Subsidio por comité y Comuna
Despacho de los Certificados de Subsidio a las Delegaciones Provinciales de la Región del Maule, según comunas
Programación de fecha, lugar y hora de Entrega de Certificados, según Comuna
Envío correo electrónico a las Distintas Entidades Patrocinantes informando de la Programación de entrega
Entrega Certificado de Subsidio al Beneficiario previa revisión de la Cédula de Identidad o Poder Notarial, según corresponda.
Departamento Operaciones Habitacionales (sección postulación y asignación. Oficina PPPF) No No
Pago Certificados de Subsidio PPPF D.S. N°255/2006. Pago a las empresas constructoras de las obras ejecutadas o a quien lo haya endosado, previa recepción por parte de la Entidad patrocinante y el SERVIU Región del Maule Presentar los antecedentes exigidos según reglamento que rige el Programa de Protección del Patrimonio Familiar y aquellos que el SERVIU Región del Maule estime necesarios. Certificado de Subsidio Original, previamente endosado
Certificado recepción Municipal de las obras (si corresponde)
Informe favorable de Recepción de Obras del Prestador de Asistencia Técnica, visado por el SERVIU
Carta de conformidad con las obras de los representantes del grupo
Conformidad individual de cada uno de los integrantes del comité
Boleta de garantía (2 % del monto del proyecto. Duración 1 año a lo menos)
Factura emitida a nombre del Representante del Comité
Certificado de antecedentes previsionales y laborales
Copia del Contrato de obra
Empresas constructoras, inscritas en el registro nacional de contratista del MINVU o a quien se haya endosado el Certificado de Subsidio. Revisar los antecedentes ingresados, por parte de la Entidad Patrocinante.
En caso que no se cumpla con los requisitos exigidos, devolución de la carpeta de solicitud de pago con los antecentes a la Entidad Patrocinante, oficiando las observaciones encontradas.
En caso de cumplir con lo exigido, se ingresa la información necesaria al Sistema de Pago de Subsidio, que el Ministerio tiene habilitado para tal efecto, por parte del ejecutivo de pago, para la posterior Supervisión y Ratificación a través de esta misma plataforma, por parte del jefe de sección postulación y asignación y el Jefe del Departamento Operaciones Habitacionales, respectivamente.
Se despacha fisicamente al Departamento de Administración y Finanzas la autorización de Pago generada del sistema de pago, junto a los certificados de Subsidio, para la posterior emisión y pago del subsidio habitacional.
Departamento Operaciones Habitacionales (sección postulación y asignación. Oficina PPPF) No No
Resolución Renuncias y Reemplazos D.S. N°255/2006. Dictar Renuncia del Subsidio Otorgado en el Programa de Protección del Patrimonio Familiar y su reemplazo, en el caso que corresponda y se solicite, firmada por la Directora SERVIU Región del Maule. Documento ingresado por la Entidad Patrocinante informando de la Renuncia y su Reemplazo, si corresponde Carta de renuncia voluntaria firmada por el Beneficiario
Antecedentes del Reemplazante, en caso que exista
En caso de reemplazo, informe del Departamento Técnico, informando que el proyecto reemplazante se ajusta a los requisitos, técnicos, legales y sociales exigidos
Certificado de Subsidio Original del Beneficiario que renuncia
Beneficiarios Programa de Protección del Patrimonio Familar (D.S 255/2006) Ingreso de los antecedentes de Renuncia y Reemplazo, en caso que corresponda
Revisión de los antecedentes ingresados
Elaboración de la Resolución que sanciona la renuncia y el respectivo reemplazo , en caso de ser solicitado.
Departamento Operaciones Habitacionales (sección postulación y asignación. Oficina PPPF) No No
Resolución de Sustitución D.S. N°255/2006. Dictar Resolución de sustitución del Subsidio Otorgado en el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en caso de fallecimiento del titular del certificado de Subsidio, firmada por la Directora SERVIU Región del Maule. Documento ingresado por la Entidad Patrocinante informando del fallecimiento del titular del Certificado de Subsidio y datos y antecedentes del sustituto(a) Certificado de defunción del titular del Certificado de Subsidio
Certificado de Matrimonio, en caso que la sustitución corresponda al Cónyuge sobreviviente, declarado al momento de la postulación
Certificado de nacimiento en caso que el sustituto corresponda a un ascendiente o descendiente del fallecido beneficiario, que tuviese a jucio del SERVIU, el mejor derecho para obtenerlo
Certificado de Subsidio Original del beneficario fallecido
Sustitutos de los Beneficiarios fallecidos del Programa de Protección del Patrimonio Familar (D.S 255/2006) Ingreso de los antecedentes de fallecimiento y Sustitución
Revisión de los antecedentes ingresados
Elaboración de la Resolución que sanciona el fallecimiento del titular del Certificado de subsidio y el respectivo sustituto(a)
Departamento Operaciones Habitacionales (sección postulación y asignación. Oficina PPPF) No No
Resolución de Duplicado D.S. N°255/2006. Dictar Resolución de Duplicado del Certificado de Subsidio del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en caso de pérdida, hurto o robo del mismo, firmada por la Directora SERVIU Región del Maule. Documento ingresado por la Entidad Patrocinante informando de la pérdida, robo o hurto del Certificado de Subsidio. Publicación del Diario Oficial, anulando por extravio, robo o hurto el Certificado de subsidio. Beneficiarios afectados por pérdida, robo o hurto del Programa de Protección del Patrimonio Familar (D.S 255/2006) Ingreso de los antecedentes informando la pérdida, robo o hurto del Certificado de Subsidio.
Revisión de los antecedentes ingresados
Elaboración de la Resolución que anula Certificado de Subsidio y extiende uno nuevo a su favor
Solicitud a la unidad de informática del SERVIU Región del Maule, la impresión del nuevo certificado de Subsidio
Entrega del nuevo Certificado de Subsidio al beneficiario, previa presentación fisica de este o a quien haya autorizado, junto a la cédula de identidad o poder notarial, respectivamente.
Departamento Operaciones Habitacionales (sección postulación y asignación. Oficina PPPF) No No
Gestión de Reclamos, sugerencias o Felicitación El Servicio de Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones es un Servicio, apoyado de un software informático, que permite la gestión de opiniones ciudadanas (ya sean reclamos, sugerencias o felicitaciones), facilitando el ingreso de solicitudes, su derivación a las unidades responsables de entregar una solución y la emisión de respuestas en tiempos previamente establecidos. Ser usuario del Servicio Cédula de Identidad con Fotocopia A todo el público en general La solicitud en papel que aporta el SERVIU se ingresa directamente en OIRS o en SIAC. Si no es vía papel, el funcionarioa cargo la redacta e ingresa al sistema CRM Sistema Integrado de Atención Ciudadana (SIAC) y OIRS No No
Solicitudes Información Pública (Ley 20.285) Recepción de solicitudes de acceso a la información, Ley 20.285. El requirente puede realizar su solicitud portando una carta o solicitando llenar el formulario dispuesto por el MINVU que es único y nacional denominado "Solicitud de Acceso a Información Pública". No requiere documentos Personas naturales o jurídicas Solicitante el cual se puede presentar en SIAC, OIRS u Oficina de Partes, portando carta o requiriendo formulario de solicitud, es atendido por el funcionario de turno que le entrega el formulario "Solicitud de Acceso a Información Pública" y le solicita llenar al requirente. Sistema Integrado de Atención Ciudadana (SIAC) y OIRS No No
Volver al Portal de GobiernoTransparente